El Juzgado de lo Penal número 2 de León ha dictado sentencia contra M.C.C.A. como autora responsable de un delito de intrusismo profesional en el ámbito de la Podología a la pena de multa de 10 meses a razón de 10 €/día, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al pago de las costas procesales, ante la acusación particular ejercida por el Colegio de Podólogos de Castilla y León.
La sentencia Nº 417/2016 fue fallada en León el pasado 30 de diciembre por la juez Irene Álvarez de Basterrechea y se corresponde a la pena máxima solicitada por el Ministerio Fiscal de acuerdo con el artículo 403 del Código Penal.
El presidente del Colegio de Podólogos de Castilla y León, José Luis Muñoz, destaca lo trabajado y complejo del proceso debido a que el Colegio tuvo primero que “advertir, a la hoy condenada, de estar realizando competencias únicas de podólogos” e involucrar al Departamento de Sanidad de la Junta de Castilla y León y a la Guardia Civil, así como a varios testigos y podólogos del Colegio para obtener las numerosas pruebas condenatorias.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos ha iniciado una campaña para combatir el intrusismo en la profesión. Para ello, y poder combatir más y mejor aún la lacra del intrusismo, el Consejo ha elaborado un protocolo para indicar a los Colegios y a sus 6.700 colegiados cómo detectar, recabar el máximo de pruebas y denunciar estas prácticas desleales. Además, se les ha facilitado una lista de actividades ilegales, una carta modelo para actuar contra estos casos, así como información sobre las sanciones previstas en el Código Penal que pueden llegar a dos años de prisión.
El objetivo es determinar el lugar, la actividad ilegal y la publicidad de la misma que realiza la persona intrusa. Las sentencias serán más inculpatorias (incluso con pena de cárcel si existe “apropiación indebida de titulación”) cuantas más pruebas se obtengan, lo que depende en buena medida de la aportación de los podólogos colegiados.
La sentencia considera como hechos probados que M.C.C.A. ejerció la Podología sin estar en posesión de la titulación universitaria. Dicha práctica se llevó a cabo en la Asociación de Pensionistas y Jubilados “La Parmesana” de La Bañeza (León), en el Hogar del Pensionista de Bercianos del Páramo, en La Bañeza (León), en la Asociación de Pensionistas de Porma Mayor en Boñar (León), en la Asociación de Jubilados de Villavante en Astorga (León) y en los bajos del Ayuntamiento de Valdebimbre (León). En dichos locales colocaba carteles para anunciar sus servicios bajo el rótulo “arreglo de pies”, pero no se limitaba a limar durezas sino que lo extendía a “tratar callos, uñas encarnadas…, utilizando en tal hacer instrumental y medicamentos propios de dicha profesión”, afirma la sentencia.
Por los hechos del Hogar del Pensionista de Santa María del Páramo, la Delegación Territorial de Sanidad y Bienestar Social de León la abrió expediente sancionador y le prohibió trabajar de nuevo allí y utilizar determinado material y medicamentos.